Por Carlos M. Estefanía.
El pasado 16 de abril de 2025 marcó un hito jurídico de enorme trascendencia en el Reino Unido. En una sentencia unánime, la Corte Suprema británica aclaró que el término «mujer», tal como figura en la Ley de Igualdad de 2010, se refiere exclusivamente al sexo biológico. Un fallo que devuelve coherencia al marco legal y devuelve también la confianza a muchas mujeres que, en los últimos años, se han sentido invisibilizadas dentro de sus propios espacios.
Más allá de los tecnicismos legales, este fallo representa un acto de reconocimiento hacia realidades biológicas que no pueden ni deben ser ignoradas cuando se trata de diseñar políticas públicas, proteger derechos adquiridos y garantizar entornos seguros para todas. Es, en definitiva, un gesto de respeto hacia el sentido común y la verdad científica.
La reacción escandinava: entre la incomodidad y el desconcierto
La respuesta en ciertos círculos internacionales no se ha hecho esperar. En Suecia, por ejemplo, la televisión pública abordó la noticia con cierta alarma. El programa Estudio de la Mañana invitó al periodista James Savage, del medio The Local, quien, con gesto sombrío, auguró que el debate continuará. Su mensaje parecía lanzar un salvavidas a quienes se sienten perjudicados por la decisión, como si el reconocimiento legal del sexo biológico fuera un agravio.
En esa misma emisión, un hombre con apariencia femenina fue presentado como contrapunto a mujeres biológicas que, visiblemente emocionadas, aplaudían la decisión del tribunal. Al ser consultado, el primero expresó su indignación comparando al Reino Unido con el país de Donald Trump —actual presidente de Estados Unidos—, como si nombrar al mandatario bastara para invalidar cualquier razonamiento jurídico.
Pero lo cierto es que esta sentencia no nace del prejuicio, sino de una larga y profunda reflexión sobre el significado del derecho, la igualdad y la justicia.
La raíz del conflicto
El caso se remonta a 2018, cuando el gobierno escocés aprobó una ley que pretendía ampliar la representación de las mujeres en los cargos públicos, incluyendo dentro de esa categoría a personas trans con Certificado de Reconocimiento de Género (CRG). La organización For Women Scotland objetó esta medida, advirtiendo que tal ampliación diluía el concepto de mujer y comprometía espacios reservados para quienes, por su biología, enfrentan riesgos y desigualdades específicos.
La argumentación del grupo fue tan clara como contundente: el artículo 212 de la Ley de Igualdad define a la mujer como “una persona del sexo femenino de cualquier edad”, lo cual no deja espacio para interpretaciones subjetivas ni cambios de registro. El sexo femenino, en términos jurídicos, no puede redefinirse sin consecuencias.
Una decisión que restituye orden y sentido
La Corte, presidida por el vicepresidente Lord Hodge, resolvió que las categorías de «sexo» y «mujer» aluden inequívocamente al sexo biológico. En otras palabras, reafirmó que el género —entendido como una construcción social— no puede desplazar al sexo cuando se trata de garantizar derechos basados en diferencias materiales y objetivas.
Cabe subrayar que este dictamen no excluye a las personas trans de la protección jurídica contra la discriminación. Muy por el contrario, la sentencia recuerda que todas las personas tienen derecho a la dignidad, pero también que esos derechos deben coexistir en equilibrio, sin anular los de otras personas, en este caso, las mujeres biológicas.
Implicaciones prácticas y democráticas
El fallo aporta claridad no solo en el ámbito legal, sino también en el político y administrativo. Instituciones públicas y privadas podrán ahora implementar políticas de igualdad con base en datos reales, sin ambigüedades ni temores de incurrir en arbitrariedades. Además, al frenar la interpretación expansiva de la legislación escocesa, la Corte refuerza el principio de la democracia constitucional británica: ninguna región puede legislar de manera que distorsione el sentido original de una ley nacional.
El respaldo de la sociedad civil
La decisión ha sido recibida con alivio y alegría por diversos sectores del feminismo clásico. Activistas como Maya Forstater —quien logró que se reconociera judicialmente que afirmar la inmutabilidad del sexo es una creencia protegida— vieron en este fallo la culminación de años de lucha. También figuras como J.K. Rowling, que ha usado su voz y su influencia para defender espacios seguros y políticas justas para las mujeres, han respaldado públicamente la resolución.
Mucho más que una victoria jurídica
Es importante subrayar que la Corte no ha legislado en favor o en contra de ningún grupo, sino que ha reafirmado una lectura fiel de la ley. Lo que se defiende aquí no es una identidad, sino un principio: que el derecho, para ser justo, debe ser claro, coherente y respetuoso de las realidades objetivas sobre las que se construyen las normas.
Celebrar esta sentencia no es un acto de discriminación, sino una forma de proteger el tejido social en el que los derechos no se superponen ni se anulan entre sí, sino que se armonizan a partir de un entendimiento honesto y razonado de lo que significa ser mujer, desde el punto de vista legal y biológico.
Este fallo no cierra debates, pero establece un punto de partida firme, sereno y justo para cualquier conversación futura sobre igualdad y derechos humanos.
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”La vida es una tragedia para los que sienten y una comedia para los que piensan”
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